AVISO mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones informa de la publicación en su portal del Protocolo de Actuación del Instituto Federal de Telecomunicaciones ante la ocurrencia de situaciones de emergencia o desastre.

INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES 

DOF: 19/02/2025

AVISO mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones informa de la publicación en su portal del Protocolo de Actuación del Instituto Federal de Telecomunicaciones ante la ocurrencia de situaciones de emergencia o desastre.

CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 7, 15, FRACCIÓN I, LXIII, 16 Y 17 FRACCIÓN I, X Y XV, DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, ARTÍCULOS 1, 4, FRACCIÓN I Y 6, FRACCIÓN XXXVIII, 18, 19 Y 57, FRACCIÓN VIII DEL ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, HE TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:

"AVISO MEDIANTE EL CUAL EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES INFORMA DE LA PUBLICACIÓN EN SU PORTAL DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES ANTE LA OCURRENCIA DE SITUACIONES DE EMERGENCIA O DESASTRE".

Nombre de la Disposición

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES ANTE LA OCURRENCIA DE SITUACIONES DE EMERGENCIA O DESASTRE.

Objetivo

Establecer el Protocolo de Actuación del Instituto Federal de Telecomunicaciones ante la ocurrencia de situaciones de Emergencia o Desastre, el cual considera los procedimientos y acciones de vinculación, colaboración y coordinación entre las diferentes unidades administrativas del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y en su caso, las autoridades competentes, para la atención de situaciones de Emergencia o Desastre, y coadyuvará a:

I.     Prevenir y mitigar las posibles afectaciones a la infraestructura de las redes de telecomunicaciones y estaciones de radiodifusión, así como a los servicios públicos de interés general que se prestan en éstas;

II.     Colaborar con los diferentes órdenes de gobierno para gestionar el apoyo que se requiera para el restablecimiento de la operación y funcionamiento de las redes de telecomunicaciones y estaciones de radiodifusión;

III.    Restablecer los servicios públicos afectados que se prestan a través de la infraestructura de las redes de telecomunicaciones y estaciones de radiodifusión, y

IV.   Brindar información oportuna del estado de la prestación de los servicios a los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones y a las audiencias de los servicios de radiodifusión.

Fecha de Emisión

18 de diciembre de 2024.

Medios de consulta

Página web institucional:

https://www.ift.org.mx/sites/default/files/protocolo_de_actuacion_del_ift_ante_la_ocurrencia_de_situaciones_de_emergencia_o_desastre.pdf

Liga adicional:

www.dof.gob.mx/2025/IFT/Protocolo_situaciones_de_Emergencia_o_Desastre_IFT.pdf

Ciudad de México, a 11 de febrero de 2025.- Titular de la Unidad de Política Regulatoria del Instituto Federal de Telecomunicaciones, Fernando Butler Silva.- Rúbrica.


 

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