ACUERDO SS/10/2023 por el que se da a conocer la creación de la Comisión para Coadyuvar a la Formación, Profesionalización y Especialización en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

 TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA 

DOF: 08/03/2023

ACUERDO SS/10/2023 por el que se da a conocer la creación de la Comisión para Coadyuvar a la Formación, Profesionalización y Especialización en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Pleno General de la Sala Superior.

ACUERDO SS/10/2023.
 

CREACIÓN DE LA COMISIÓN PARA COADYUVAR A LA FORMACIÓN, PROFESIONALIZACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN EN EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

Con fundamento en el artículo 16, fracción IX, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Pleno General de la Sala Superior, determina la creación de la Comisión para Coadyuvar a la Formación, Profesionalización y Especialización en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y

CONSIDERANDO
 

PRIMERO.- El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es un órgano Jurisdiccional con autonomía para dictar sus fallos y con jurisdicción plena, que tiene a su cargo la tarea de dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal y los particulares; asimismo para imponer las sanciones a las personas servidoras públicas por responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a particulares que participen en actos vinculados con dichas responsabilidades, así como fincar a las personas responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, de conformidad con la fracción XXIX-H del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el diverso artículo 1º de su Ley Orgánica.

SEGUNDO.- Tiene como misión impartir justicia fiscal y administrativa en el orden federal con plena autonomía, honestidad, calidad y eficiencia, al servicio de la sociedad, que garantice el acceso total a la justicia, apegado a los principios de legalidad y seguridad jurídica, de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, para contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho, al desarrollo del país y a la paz social.

TERCERO.- Su visión es ser un Tribunal Contencioso Administrativo de excelencia, con autonomía jurisdiccional y presupuestal, que imparta justicia con plena jurisdicción e imperio, a través de procedimientos ágiles y sencillos, terminal en materia de legalidad y apoyado en avances tecnológicos para la solución de controversias tanto individuales como colectivas, bajo los principios de excelencia, honradez, eficiencia, compromiso y lealtad institucional, justicia, vocación de servicio público e independencia jurisdiccional.

CUARTO.- A fin de lograr los objetivos anteriores y dada la especialización en materia procesal, fiscal y administrativa, se creó el Instituto de Estudios sobre Justicia Administrativa, que se transformó en lo que actualmente es el Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo, previsto en el artículo 64, de la Ley Orgánica y registrado ante la Dirección General de Profesiones, con clave de institución educativa 090729.

QUINTO.- Que el Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo, tiene como misión ofrecer capacitación jurídica, formación de posgrado y educación especializada, a las personas externas en la materia y a las personas servidoras públicas que integran el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el propósito de incidir efectivamente en la materia administrativa federal, así como en una eficaz impartición de justicia, mediante un sistema integrado de aprendizaje basado en programas académicos con la participación docente de magistradas y magistrados, así como personas docentes expertas en derecho fiscal y administrativo.

SEXTO.- La visión del Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo, es ser una institución referente a nivel nacional e internacional, de excelencia y especialización académica de vanguardia, caracterizado por su compromiso, dedicación y responsabilidad ética en la formación, capacitación y actualización federal de las personas interesadas en la materia, en el ámbito fiscal y administrativo, tanto en el ejercicio libre de la profesión, como en el servicio público.

SÉPTIMO.- El artículo 51 de la Ley Orgánica dispone que este Tribunal contará con un sistema profesional de carrera jurisdiccional, basado en los principios de honestidad, eficiencia, capacidad y experiencia; el cual abarcará las fases de ingreso, promoción, permanencia y retiro de las personas servidoras públicas, de manera que se procure la excelencia por medio de concursos y evaluaciones periódicas, y de acuerdo con los procedimientos y criterios que se establezcan en el Estatuto correspondiente.

OCTAVO.- Con la finalidad de coadyuvar al perfeccionamiento y actualización de los programas de capacitación, formación, profesionalización y especialización de todas las personas integrantes del Tribunal, a fin de que tenga los recursos humanos que le permitan lograr de manera eficiente la actividad jurisdiccional en beneficio de las partes en los juicios materia de su competencia; el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa expide el siguiente:

ACUERDO
 

PRIMERO.- Se crea la Comisión para Coadyuvar a la Formación, Profesionalización y Especialización en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que tiene por objeto cooperar con el Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo, para contribuir, proponer, analizar, apoyar, gestionar, participar, negociar, colaborar, coordinar y dar seguimiento a los objetivos académicos para su cumplimiento.

SEGUNDO.- La Comisión funcionará por periodos de dos años y estará integrada por tres Magistradas y/o Magistrados de Sala Superior, y dos de Sala Regional, designados por el Pleno General, a propuesta de quien ocupe la Presidencia del Tribunal y uno de ellos fungirá como Presidenta o Presidente, quien será designado en idénticos términos; también contará con una secretaria o secretario técnico que será nombrado por la persona que presida la Comisión. Las personas integrantes podrán ser removidas por quien las designó, conforme a las necesidades del Órgano.

TERCERO.- Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión tendrá las atribuciones siguientes:

I.     Coadyuvar con la persona que sea titular de la Dirección General del Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo, en la elaboración de programas permanentes de capacitación para las personas servidoras públicas del Tribunal, así como los de especialización y actualización en las materias de su competencia.

II.     Colaborar en la coordinación de los Congresos Nacionales e Internacionales, de los cursos, conferencias y seminarios conforme a los programas autorizados, así como formular las convocatorias y contenidos temáticos correspondientes;

III.    Fomentar la investigación y participación de la Administración Pública, en la enseñanza de las materias fiscal y administrativa.

IV.   Asistir en la celebración de convenios con instituciones públicas y privadas, para fines académicos.

V.    Promover la obtención de becas en instituciones educativas para el personal profesional del Tribunal;

VI.   Sugerir para consideración de la persona titular de la Dirección General del Centro de Estudios Superiores, la integración de la plantilla de profesores, dándole preferencia a las Magistradas y Magistrados integrantes de este Tribunal, según su experiencia y grado académico.

VII.   Proponer y participar en la elaboración, integración, contenido, edición, diseño y formación tipográfica del Manual para la elaboración de acuerdos, sentencias y tesis.

VIII.  Las demás que le confiera la Presidenta o el Presidente de este Tribunal o el Pleno General.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS
 

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno General del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Así lo acordó el Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de primero de marzo de dos mil veintitrés, por unanimidad de votos de los Magistrados presentes.- Firman el Magistrado Guillermo Valls Esponda, Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada Abigail Calderón Rojas, Secretaria General de Acuerdos, quien da fe.- Rúbricas.


 

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