ACUERDO que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía.

ACUERDO que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 fracciones XV y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que corresponde a los titulares de las Secretarías de Estado adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo, a las Subsecretarías y a las otras unidades de nivel administrativo equivalente que se precisen en el mismo reglamento interior.

Que el 17 de octubre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, el cual establece su estructura orgánica y las atribuciones de sus unidades administrativas, buscando con ello optimizar la operación de la misma.

Que el 12 de abril de 2021 se publicó en el órgano de difusión oficial antes mencionado, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, a efecto de cumplir con diversas medidas de austeridad y procurar una mejor organización administrativa al interior de la Dependencia.

Que con el propósito de determinar la adscripción de las unidades administrativas de esta Dependencia y la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior, y con ello hacer más eficientes sus labores, se expide el siguiente:

ACUERDO QUE ADSCRIBE ORGÁNICAMENTE A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA
SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Primero.- Se adscriben las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, en los términos siguientes:

I.     A la Oficina de la persona Titular de la Secretaría:

1.     La Unidad de Administración y Finanzas:

a)    La Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad;

b)    La Dirección General de Recursos Humanos;

c)    La Dirección General de Recursos Materiales y Archivo, e

d)    La Dirección General de Tecnologías de la Información.

2.     La Unidad de Apoyo Jurídico:

i.     La Coordinación de Convenios y Contratos, y

ii.     La Coordinación de lo Contencioso.

a)    La Dirección General de Legislación y Consulta, e

b)    La Dirección General de Procedimientos Constitucionales y Legales.

3.     La Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia:

a)    La Dirección General de Normas:

i.     La Coordinación de la Infraestructura de la Calidad.

b)    La Dirección General de Normatividad Mercantil:

i.     La Coordinación de Política Mercantil.

c)    La Dirección General de Competitividad y Competencia, e

d)    La Dirección General de Apoyo Técnico.

4.     La Unidad de Coordinación de Actividades Extractivas:

a)    La Dirección General de Desarrollo Minero, e

b)    La Dirección General de Minas.

5.     La Unidad de Prospectiva, Planeación y Evaluación:

a)    La Dirección General de Innovación de Trámites;

b)    La Dirección General de Planeación y Evaluación;

 

c)    La Dirección General de Vinculación con el Sector Coordinado, e

d)    La Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía:

i.     Las Oficinas de Representación en las entidades federativas.

6.     La Unidad de Desarrollo Productivo:

a)    La Dirección General de Control y Procedimientos;

b)    La Dirección General de Desarrollo Productivo;

c)    La Dirección General de Financiamiento y Apoyo;

d)    La Dirección General de Operación, e

e)    La Dirección General de Seguimiento a Compromisos Institucionales.

7.     La Oficina de Comunicación Social, y

8.     La Oficina de Enlace Legislativo.

II.     A la Subsecretaría de Industria y Comercio:

1.     La Unidad de Fomento y Crecimiento Económico;

2.     La Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales:

i.     La Coordinación de Análisis Financiero y Contable;

ii.     La Coordinación de Daño y Salvaguardas;

iii.    La Coordinación de Dumping y Subvenciones, y

iv.    La Coordinación Jurídica, y

v.     La Coordinación Jurídica Internacional.

a)    La Dirección General de Defensa Comercial Internacional:

3.     Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético;

4.     La Dirección General de Industrias Ligeras;

5.     La Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología, y

6.     La Dirección General de Innovación, Servicios y Comercio Interior.

III.    A la Subsecretaría de Comercio Exterior:

1.     La Unidad de Inteligencia Económica Global:

a)    La Dirección General de Inversión Extranjera:

i.     La Coordinación del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

b)    La Dirección General de Política de Promoción de Inversiones y Exportación.

2.     La Unidad de Negociaciones Comerciales Internacionales:

a)    La Dirección General de Comercio Internacional de Servicios e Inversión;

b)    La Dirección General de Disciplinas de Comercio Internacional, e

c)    La Dirección General de Sistemas de Información Estadística de Comercio Internacional.

3.     La Dirección General de Acceso a Mercados de Bienes;

4.     La Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional.

5.     La Dirección General de Planeación y Estrategias de Negociación;

6.     La Dirección General de Seguimiento, Administración y Supervisión del Cumplimiento de Tratados Comerciales, y

7.     La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior.

Segundo.- Las personas titulares de las Subsecretarías, Jefaturas de Unidad y Direcciones Generales podrán acordar, resolver y firmar los asuntos relacionados con las materias que son competencia de las unidades administrativas que se les adscriben por virtud del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2019 y su posterior modificación, publicada en el mismo órgano de difusión el 12 de febrero de 2021.

Ciudad de México, a 19 de abril de 2021.- La Secretaria de Economía, Tatiana Clouthier Carrillo.- Rúbrica.

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