ACUERDO por el que se deja sin efectos el diverso por el que se delega en las Direcciones Generales Adjuntas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, la facultad de celebrar y firmar los convenios en las materias que se indican,

CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACION 

DOF: 13/06/2023

ACUERDO por el que se deja sin efectos el diverso por el que se delega en las Direcciones Generales Adjuntas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, la facultad de celebrar y firmar los convenios en las materias que se indican, publicado el 8 de junio de 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- CONAPRED.- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

CLAUDIA OLIVIA MORALES REZA, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 22 fracciones I y II y 59 fracciones I, V y IX de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 30 fracciones I, VIII y IX de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y

CONSIDERANDO
 

Primero.- Que con fecha 8 de junio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se delega en las Direcciones Generales Adjuntas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, la facultad de celebrar y firmar los convenios en las materias que se indican;

Segundo.- Que en términos de lo previsto en el artículo 30 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Presidencia del Consejo, tiene las siguientes atribuciones; planear, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar el funcionamiento del Consejo, con sujeción a las disposiciones aplicables, ejercer la representación del Consejo, así como delegarla cuando no exista prohibición expresa para ello; promover y celebrar convenios de colaboración con dependencias y entidades de la administración pública federal, de los estados de la federación, municipios, organizaciones de la sociedad civil u otras de carácter privado, organismos nacionales e internacionales;

Tercero.- Que para tener un mejor control y organización del trabajo administrativo y el seguimiento a los Convenios de Colaboración que suscriba el CONAPRED, resulta necesario que la Presidencia así como la Dirección de Asuntos Jurídicos tengan certeza y el registro de los instrumentos para dar seguimiento a estos Convenios de Colaboración, y

Por lo anterior y con fundamento en las disposiciones antes señaladas se tiene a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS EL DIVERSO POR EL QUE SE DELEGA EN LAS DIRECCIONES GENERALES ADJUNTAS DEL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN, LA FACULTAD DE CELEBRAR Y FIRMAR LOS CONVENIOS EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 8 DE JUNIO DE 2017
 

ARTÍCULO ÚNICO. Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se delega en las Direcciones Generales Adjuntas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, la facultad de celebrar y firmar los convenios en las materias que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de junio de 2017.

TRANSITORIOS
 

PRIMERO.- El presente Acuerdo, entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Los convenios y/o contratos que se hubieran formalizado por las personas servidoras públicas conforme al referido Acuerdo por el que se delega en las Direcciones Generales Adjuntas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, la facultad de celebrar y firmar los convenios en las materias que se indican; y que al entrar en vigor el presente Acuerdo aún se encuentren vigentes, conservarán su eficacia y seguirán surtiendo sus efectos legales y administrativos conducentes.

Ciudad de México, a 27 de abril de 2023.- La Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Claudia Olivia Morales Reza.- Rúbrica.

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