ACUERDO por el que se declara la internacionalización del aeródromo denominado Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", ubicado en Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo.

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

DOF: 30/11/2023

ACUERDO por el que se declara la internacionalización del aeródromo denominado Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", ubicado en Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, 28, 29, 30 Bis, 31, 32 Bis, 35, 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2, fracción V, y 6, fracción II, de la Ley de Aeropuertos, y

CONSIDERANDO
 

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019, establece en su Eje General I. Política y Gobierno que uno de los objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública es garantizar empleo, educación, salud y bienestar mediante diversas acciones, entre ellas, ...la inversión en infraestructura (...) por medio de los programas regionales, sectoriales y coyunturales de desarrollo como lo es el Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", ubicado en Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo;

Que el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024, publicado en el DOF el 2 de julio de 2020, establece como objetivo prioritario 2 Contribuir al desarrollo del país mediante el fortalecimiento del transporte con visión de largo plazo, enfoque regional, multimodal y sustentable, para que la población, en particular en las regiones de menor crecimiento, cuente con servicios de transporte seguros, de calidad y cobertura nacional;

Que la estrategia prioritaria 2.1 del referido programa considera el impulso de proyectos de infraestructura aeroportuaria, en función de las prioridades del desarrollo regional y la inclusión social, a fin de mejorar la cobertura y propiciar una mayor conectividad territorial, en particular en las zonas de menor crecimiento, cuya acción puntual 2.1.6 es el fomento de la modernización y ampliación de aeropuertos para mejorar la conectividad y fortalecer los programas de desarrollo regional y turístico, entre ellos, el proyecto del Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", ubicado en Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo;

Que el Programa Institucional 2023-2024 del Grupo Aeroportuario, Ferroviario, de Servicios Auxiliares y Conexos, Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V. (GAFSACOMM), publicado en el DOF el 16 de octubre de 2023, señala como objetivo prioritario 2 Desarrollar la infraestructura aeroportuaria, así como los servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales a nivel nacional, con la finalidad de atender la demanda del sector en el país, con estricto apego a la normatividad vigente;

Que, el 3 de octubre de 2023, el Gobierno federal otorgó, por conducto de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a la empresa de participación estatal mayoritaria Grupo Aeroportuario, Ferroviario, de Servicios Auxiliares y Conexos, Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V. la asignación para administrar, operar, explotar, y en su caso, construir el Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", ubicado en Felipe Carrillo Puerto, Estado de Quintana Roo;

Que el Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", ubicado en Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo, tiene su domicilio en Carretera Federal 307 Km. 201, ejido de Chunyaxché, municipio de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo y se localiza en las coordenadas: latitud norte 20°10´21.12´´ N y longitud oeste, 87°39´39.55´´ W de conformidad con la "Publicación de Información Aeronáutica";

Que el aeródromo mencionado, es una obra de grandes dimensiones, naturaleza y complejidad integrado por una pista para la aviación comercial de 3,700 metros de longitud por 45 metros de ancho, calle de rodaje paralela, calles transversales y salidas de alta velocidad conforme a la normativa nacional e internacional, construidas de concreto hidráulico de alta resistencia, un edificio terminal, torre de control, hangares, servicios aeroportuarios complementarios y comerciales para pasajeros y aeronaves, entre otros, materializado conjuntamente con una red de transporte multimodal que garantizará la conectividad y movilidad eficiente y segura, desde y hacia el aeropuerto con los principales núcleos urbanos y complejos aeroportuarios estratégicos para el desarrollo del país, por lo que es un proyecto funcional, sustentable y rentable para beneficio del pueblo de México;

Que dicho aeródromo se ubica en un sitio de carácter estratégico, cuyo diseño y planeación ha sido construido con estricto apego a las normas y métodos recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional, las leyes aeronáuticas y las mejores prácticas en materia aeroportuaria a nivel mundial, lo que contribuirá a beneficiar la región sureste de la República Mexicana, así como a la mejora de la conectividad del Sistema Aeroportuario Nacional, incrementará la eficiencia operativa y la calidad del servicio, además de generar más y mejores empleos, así como fortalecer la competitividad de la economía regional y nacional;

Que es propósito del Gobierno federal fomentar una mayor fluidez en la salida y entrada al país de aeronaves nacionales y extranjeras, tanto de servicio público como privado, con objeto de atender el creciente tráfico de pasajeros y mercancías, tanto a nivel nacional como internacional, coadyuvar en el crecimiento económico del país, con la interacción de los sectores público y privado en ámbitos comerciales, turísticos, industriales, financieros y sociales;

Que el multicitado aeródromo cumple con las características de infraestructura, instalaciones y equipos adecuados para atender a las aeronaves, pasajeros, carga y correo del servicio de transporte aéreo internacional, y cuenta con autoridades competentes, en términos del artículo 2, fracción V, de la Ley de Aeropuertos, y

Que el referido aeropuerto se suma a la infraestructura aeroportuaria del sureste del país, lo cual permitirá abrir nuevas rutas aéreas, por lo que, por así convenir al interés público, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO
 

ARTÍCULO PRIMERO. Se declara y habilita como aeródromo internacional para la entrada y salida al país de aeronaves mexicanas y extranjeras, tanto del servicio aéreo público como de los servicios aéreos a terceros y operaciones de aeronaves para uso particular, de transporte nacional e internacional, regular y no regular, al aeródromo denominado Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto", toda vez que cuenta con la infraestructura, instalaciones, señales de identificación, equipos y servicios adecuados para atender a las aeronaves, pasajeros, carga y correo del servicio de transporte aéreo nacional e internacional, conforme a los requisitos y capacidades requeridas en las disposiciones legales aplicables en la materia, así como en el funcionamiento de los servicios proporcionados por las diversas autoridades competentes que intervienen en su operación.

El referido Aeropuerto Internacional de Tulum "Felipe Carrillo Puerto" se encuentra ubicado en: Carretera Federal 307, Km. 201, ejido de Chunyaxché, municipio de Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo, y se localiza en las coordenadas: latitud norte 20°10´21.12´´ N y longitud oeste, 87°39´39.55´´ W, de conformidad con la "Publicación de Información Aeronáutica".

ARTÍCULO SEGUNDO. Las autoridades migratorias, aduaneras, ambientales, fitozoosanitarias, sanitarias y de seguridad pública, en el ámbito de sus respectivas competencias y en el marco de las disposiciones jurídicas aplicables, deben realizar la inspección y vigilancia del despacho y arribo de pasajeros, mercancías, equipaje y correo de las aeronaves mexicanas o extranjeras que presten el servicio público o los servicios aéreos a terceros y operaciones de aeronaves para uso particular, de transporte aéreo nacional e internacional, regular y no regular, directamente en el aeródromo referido en el artículo anterior.

TRANSITORIOS
 

PRIMERO. El presente acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Agencia Federal de Aviación Civil, debe notificar esta declaratoria a la Organización de Aviación Civil Internacional, con sede en Montreal, Canadá, y a las autoridades competentes que presten funciones dentro de dicho aeródromo.

TERCERO. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Agencia Federal de Aviación Civil, debe realizar la publicación correspondiente en la "Publicación de Información Aeronáutica" del aeródromo a que se refiere el artículo Primero del presente acuerdo.

CUARTO. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente acuerdo, se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal involucradas para el ejercicio fiscal que corresponda y subsecuentes.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en Ciudad de México a 29 de noviembre de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra.- Rúbrica.- El Secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval González.- Rúbrica.- La Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Rosa Icela Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Eduardo Ramírez de la O.- Rúbrica.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.- El Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, Jorge Nuño Lara.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.

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