ACUERDO General 8/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito; y que reforma diversos acuerdos generales.

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

DOF: 19/06/2023

ACUERDO General 8/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito; y que reforma diversos acuerdos generales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 8/2023, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE RESIDENCIA Y DOMICILIO DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACIÓN DEL CUARTO CIRCUITO; Y QUE REFORMA DIVERSOS ACUERDOS GENERALES.

CONSIDERANDO
 

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86 fracciones II y XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones y cambiar la residencia de los tribunales de circuito;

SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO. Es conveniente que el Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Cadereyta, se reubique a un nuevo domicilio, diseñado para albergar la plantilla del órgano y que cuente con las instalaciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones; y

CUARTO. En términos del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito; el Tribunal Colegiado de Apelación señalado en el considerando anterior ejerce jurisdicción territorial en el Estado de Nuevo León, sin embargo, debido a su cambio de residencia y domicilio resulta necesario modificar el Acuerdo General antes citado.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO
 

Artículo 1. Se autoriza el cambio de residencia y domicilio del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey.

Artículo 2. El nuevo domicilio del órgano jurisdiccional será el ubicado en Avenida San Jerónimo 999 Poniente, colonia San Jerónimo, código postal 64640, en Monterrey, Nuevo León.

Artículo 3. El Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León, iniciará funciones en su nuevo domicilio el 19 de junio de 2023.

Artículo 4. A partir del 19 de junio de 2023, toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con el Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia Monterrey, Nuevo León, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio señalado en el artículo 2 de este Acuerdo.

Artículo 5. Las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal estarán facultadas para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 6. Se reforma el numeral SEGUNDO, fracción IV, número 2, del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:

"SEGUNDO. ...

I. a III. ...

IV. ...

1. ...

2. Un tribunal colegiado de apelación, con residencia en Monterrey.

3. ...

V. a XXXII. ..."

Artículo 7. Se reforma el artículo 2, fracción VIII, del Acuerdo General 10/2016, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que crea el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Nuevo León, con residencia en Cadereyta, para quedar como sigue:

"Artículo 2. ...

I. a VII. ...

VIII. Tribunal de Alzada: Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León."

Artículo 8. Se modifica la denominación del Acuerdo General 77/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la creación, denominación e inicio de funciones del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Cadereyta, Nuevo León, así como su competencia, jurisdicción territorial y domicilio; y que reforma diversos acuerdos generales, y se reforman los artículos 3 y 4, para quedar como sigue:

"ACUERDO GENERAL 77/2022 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CREACIÓN, DENOMINACIÓN E INICIO DE FUNCIONES DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE APELACIÓN DEL CUARTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MONTERREY, NUEVO LEÓN, ASÍ COMO SU COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y DOMICILIO; Y QUE REFORMA DIVERSOS ACUERDOS GENERALES.

Artículo 3. El Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, en el estado de Nuevo León, tendrá competencia mixta conforme a lo dispuesto en los artículos 35, 36 y 49 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y ejercerá jurisdicción territorial en el Cuarto Circuito, que comprende el estado de Nuevo León.

...

Artículo 4. El Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito tiene su domicilio en Avenida San Jerónimo 999 Poniente, colonia San Jerónimo, código postal 64640, en Monterrey, Nuevo León.

..."

TRANSITORIOS
 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.

TERCERO. El Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito, con residencia en Cadereyta, deberá publicar avisos en lugares visibles para conocimiento del público, en relación con su cambio de residencia y domicilio dispuesto en el presente Acuerdo.

CUARTO. La Secretaría Ejecutiva de Administración, a través de las unidades administrativas con las que cuenta, prestará auxilio en el traslado del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito a su nuevo domicilio.

EL MAGISTRADO JOSÉ ALFONSO MONTALVO MARTÍNEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 8/2023, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Tribunal colegiado de apelación del cuarto Circuito; y que reforma diversos acuerdos generales, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 24 de mayo de 2023, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidenta Ministra Norma Lucía Piña Hernández, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Lilia Mónica López Benítez y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 12 de junio de 2023.- Conste.- Rúbrica.

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