ACUERDO General 004/2023 por el que se declaran inhábiles los días 28, 29 y 30 de junio de 2023 para la Delegación Estatal Campeche de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

 PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

DOF: 25/07/2023

ACUERDO General 004/2023 por el que se declaran inhábiles los días 28, 29 y 30 de junio de 2023 para la Delegación Estatal Campeche de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

LIC. GILBERTO CAMACHO BOTELLO, Subprocurador de Análisis Sistémico y Estudios Normativos en suplencia por ausencia del Titular en Funciones, en su carácter de Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción II, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 8, fracciones I, VII, VIII, IX y XI de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y, 1, 5, apartado A, fracción I, 7, 12 fracción XXVII, 15, fracciones XVIII y XXXI de Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, y:

CONSIDERANDO
 

PRIMERO. Que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (en adelante la PRODECON), en términos del artículo 2 de su Ley Orgánica, es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión, que tiene por objeto principal el garantizar el derecho de la personas contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, mediante la prestación de sus servicios de asesoría, orientación, representación y defensa legal, recepción de quejas y emisión de recomendaciones, así como la adopción de acuerdos conclusivos entre otras atribuciones.

SEGUNDO. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 5, Apartado B, fracción VI del Estatuto Orgánico de la PRODECON, la Procuraduría cuenta con unidades administrativas, entre las cuales se encuentran las Delegaciones Estatales que prestan los servicios en sus respectivas circunscripciones en todo el territorio nacional.

TERCERO. Que de acuerdo con lo establecido en los artículos Primero, Segundo, numeral 4, y Tercero, numeral 4 del Acuerdo por el que se establece la denominación, sede y circunscripción territorial de las Delegaciones de la PRODECON, emitido el 21 de mayo de 2013 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 2013, se estableció la Delegación Campeche, con competencia en el Estado de Campeche, cuya sede se encuentra en Avenida 16 de Septiembre edificio Palacio Federal, piso 3, Zona Centro, C.P. 24000, Campeche, Campeche.

CUARTO. Dado que es atribución del Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la de velar por el cumplimiento de las funciones de la Procuraduría, así como la de emitir acuerdos, disposiciones, reglas de carácter general, lineamientos, criterios y medidas específicas para el desarrollo y mejor desempeño de las actividades de la propia Procuraduría, proveyendo lo necesario en lo administrativo y en la organización del trabajo; por caso fortuito derivado del incendio ocurrido el día veintisiete de junio de dos mil veintitrés, en el inmueble donde se encuentran ubicadas las oficinas de la Delegación Campeche de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, y ante la necesidad de que se realicen las acciones de revisión exhaustiva en dicho inmueble, como medida preventiva y de protección civil, lo anterior con la finalidad de salvaguardar la integridad física de las personas servidoras públicas que en ella laboran, así como de las personas contribuyentes que acudan a solicitar los servicios, es necesario declarar inhábiles los días 28, 29 y 30 de junio de 2023 únicamente para dicha unidad administrativa.

Por las anteriores consideraciones y con fundamento en la normatividad precitada se emite el siguiente:

ACUERDO GENERAL 004/2023 POR EL QUE SE DECLARAN INHÁBILES LOS DÍAS 28, 29 Y 30 DE JUNIO
DE 2023 PARA LA DELEGACIÓN ESTATAL CAMPECHE DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL
CONTRIBUYENTE
 

ÚNICO. Con motivo del incendio ocurrido el 27 de junio del año en curso, se declaran inhábiles los días 28, 29 y 30 del mismo mes y año, únicamente para la Delegación Estatal Campeche de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, por lo que se suspenden las labores y no correrán términos y plazos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse ante dicha unidad administrativa, en virtud de lo expuesto en el Considerando Cuarto que antecede.

TRANSITORIOS
 

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, en la página electrónica oficial de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y en un lugar visible de la Delegación Estatal de Campeche para su difusión y cumplimiento.

Ciudad de México, 28 de junio de 2023.- Lic. Gilberto Camacho Botello, Subprocurador de Análisis Sistémico y Estudios Normativos en suplencia por ausencia del Titular en Funciones, en su carácter de Subprocurador de Asesoría y Defensa del Contribuyente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, fracción I, en relación con el artículo 5, Apartado B, fracción II, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 8, fracciones I, VII, VIII, IX y XI de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente y, 1, 5, apartado A, fracción I, 7, 12 fracción XXVII, 15, fracciones XVIII y XXXI de Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.- Rúbrica.

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