AVISO por el que se da cumplimiento a la suspensión definitiva otorgada por el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones- JUICIO DE AMPARO 240/2021

DOF: 21/06/2021

AVISO por el que se da cumplimiento a la suspensión definitiva otorgada por el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, en el Incidente de Suspensión derivado del Juicio de Amparo 240/2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Comisión Reguladora de Energía.- Secretaría Ejecutiva.- Oficio número: SE-300/29174/2021.

ASUNTO: Aviso por el que se da cumplimiento a la suspensión definitiva otorgada por el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, en el Incidente de Suspensión derivado del Juicio de Amparo 240/2021.

MIGUEL ÁNGEL RINCÓN VELÁZQUEZ, Secretario Ejecutivo de la Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 22, fracciones I, III, VIII, XXVII y 25 fracciones VII y XI de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 4, 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1, 6, 7, fracción III, 27, fracciones XVIII y XLV, del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía; en estricto cumplimiento al requerimiento ordenado en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 240/2021 del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, interpuesto en contra de los Acuerdos número A/037/2020, A/046/2020 y las resoluciones número RES/1215/2020, RES/1216/2020, RES/1217/2020, RES/1218/2020 y RES/1219/2020, actos emitidos por el Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía, se hace del conocimiento de todos los participantes del mercado eléctrico mayorista, de todos los particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámite para ingresar a dicho sector y de la población en general que:

El Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, al analizar la suspensión solicitada en el juicio de Amparo 240/2021, resolvió conceder la medida cautelar del acto reclamado para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, dando alcances de efectos generales a dicha suspensión, por lo que requirió a la Comisión Reguladora de Energía para que realice las gestiones necesarias a efecto de publicar en el Diario Oficial de la Federación lo siguiente:

"Haga del conocimiento de todos los participantes del mercado eléctrico mayorista, de todos los particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámite para ingresar a dicho sector y de la población en general que:

1.     Durante la vigencia de esta medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias del a) Acuerdo A/037/2020, y b) las diversas resoluciones y actos que hayan sido emitidos con base en dicho acuerdo y en la Modificación suspendida por la Secretaría de Energía.

2.     Se restablece provisionalmente la vigencia de los Términos, plazos, criterios, bases y metodologías de los contratos Legados para el Suministro Básico y mecanismos para su evaluación que estaban vigentes hasta antes de la entrada en vigor de los actos precisados en el inciso que antecede.

Para lograr tal fin, en el ámbito de su competencia y en ejercicio de las facultades con que cuenta, deberá realizar las gestiones necesarias para que se realice una publicación en el Diario Oficial de la Federación en la que comunique la información antes detallada." [...]

En tal sentido, se comunica la suspensión definitiva en los términos precisados por el C. Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, para los efectos conducentes.

Atentamente

Ciudad de México, a 15 de junio de 2021.- El Secretario Ejecutivo, Miguel Ángel Rincón Velázquez.- Rúbrica.

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