ACUERDO A/001/2021 por el que se establece la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

DOF: 08/07/2021

ACUERDO A/001/2021 por el que se establece la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fiscalía General de la República.

ACUERDO A/001/2021

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES.

DR. ALEJANDRO GERTZ MANERO, Fiscal General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 17, y 19, fracción X de la Ley de la Fiscalía General de la República; así como el Quinto transitorio del "Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales", y

CONSIDERANDO

Que el 20 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, de conformidad con el primer párrafo del Décimo Sexto transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral" publicado en el mismo medio de difusión oficial el 10 de febrero de 2014. Asimismo, el 18 de enero de 2019, el Senado de la República tuvo a bien elegir al Fiscal General de la República;

Que el 20 de mayo de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el cual se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales;

Que el Instituto Nacional de Ciencias Penales es un órgano con personalidad jurídica y patrimonio propio, que gozará de autonomía técnica y de gestión, dentro del ámbito de la Fiscalía General, de conformidad con el artículo 17 de la Ley de la Fiscalía General de la República;

Que la persona titular de la Fiscalía General de la República cuenta con la facultad de presidir la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales, conforme al artículo 19, fracción X de la citada Ley;

Que en virtud de la entrada en vigor de la Ley de la Fiscalía General de la República el Instituto Nacional de Ciencias Penales quedó desincorporado de la Administración Pública Federal como organismo descentralizado y pasa a ser un órgano con personalidad jurídica y patrimonio propio de la Fiscalía General de la República, conforme al Quinto transitorio del "Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales";

Que en términos del Quinto transitorio del "Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales" la persona titular de la Fiscalía General de la República cuenta con las facultades para designar a las personas integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales que se encargará de emitir un nuevo Estatuto Orgánico, establecer un servicio profesional de carrera, así como un programa de liquidación del personal que, por cualquier causa, no transite al servicio profesional de carrera que se instale, y

Que a efecto de brindar certidumbre jurídica a la organización del Instituto Nacional de Ciencias Penales e iniciar con los trabajos para la elaboración del nuevo Estatuto Orgánico del Instituto, es necesario establecer la Junta de Gobierno, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales se integrará por:

I.     La persona titular de la Fiscalía General de la República, quien lo presidirá;

II.     La persona titular de la "Fiscalía Especializada de Control Competencial" de la Fiscalía General de la República;

III.    La persona titular de la "Fiscalía Especializada de Control Regional" de la Fiscalía General de la República;

 

IV.   La persona titular de la "Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada" de la Fiscalía General de la República;

V.    La persona titular de la "Oficialía Mayor" de la Fiscalía General de la República;

VI.   La persona que designe la Academia Mexicana de Ciencias Penales;

VII.   La persona que designe el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México;

VIII.  La persona que designe la Barra Mexicana, Colegio de Abogados;

IX.   La persona que designe el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y

X.    La persona titular del "Órgano Interno de Control" de la Fiscalía General de la República, quien tendrá derecho a voz, pero sin voto.

Las personas integrantes de la Junta de Gobierno podrán designar a quien los supla.

Una persona representante de la Oficina de la persona titular de la Fiscalía General de la República se encargará de la Secretaría Técnica de la Junta de Gobierno.

SEGUNDO. La Junta de Gobierno tendrá las atribuciones siguientes:

I.     Establecer las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Instituto Nacional de Ciencias Penales;

II.     Expedir el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ciencias Penales, y

III.    Establecer un servicio profesional de carrera y el programa de liquidación del personal que, por cualquier causa, no transite al mismo.

TERCERO. La Junta de Gobierno sesionará de manera ordinaria o extraordinaria, de forma presencial o a través de medios electrónicos, previa convocatoria con 24 horas de antelación, por parte de la Secretaría Técnica, acompañando el orden del día y la documentación correspondiente.

CUARTO. Para que las sesiones de la Junta de Gobierno se consideren válidas, se requerirá de la asistencia de, por lo menos, la mitad más uno de las personas que lo integran.

Las resoluciones de la Junta se tomarán por mayoría de votos de las personas integrantes presentes, teniendo la persona Presidente voto de calidad en la toma de decisiones, después de haber emitido su voto ordinario, en los casos de empate.

En el caso de las sesiones celebradas a través de medios electrónicos, la Secretaría Técnica remitirá a las personas integrantes un correo electrónico con los puntos de acuerdo que se someten a votación, notificando el plazo máximo para emitir su voto, el cual se deberá emitir en los siguientes términos: "Aceptado", "Rechazado" o "Abstención".

Una vez vencido el plazo para emitir el voto, la persona encargada de la Secretaría Técnica verificará el sentido de estos y dará cuenta de los acuerdos adoptados. Los votos que no se emitan en el plazo establecido se considerarán como "Abstenciones".

QUINTO. La persona encargada de la Secretaría Técnica levantará un Acta de cada sesión, la cual llevará un número consecutivo, contendrá los acuerdos aprobados y las firmas de los asistentes; asimismo resguardará los documentos, correspondencia, comunicaciones y el archivo de la Junta.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente instrumento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo perderá vigencia una vez que se emita el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ciencias Penales conforme al Quinto transitorio del "Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales".

TERCERO.- La persona encargada de la Secretaría Técnica deberá realizar las gestiones conducentes a fin de que se celebre a la brevedad la primera sesión de la Junta de Gobierno.

Ciudad de México, a 30 de junio de 2021.- El Fiscal General de la República, Dr. Alejandro Gertz Manero.- Rúbrica.

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