ACUERDO por el que se declara la extinción de la Unidad de Transición de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

DOF: 01/10/2021

ACUERDO por el que se declara la extinción de la Unidad de Transición de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en los artículos 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 16, 26 y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Sexto transitorio de la Ley de la Guardia Nacional; Sexto transitorio del Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional; así como 3 penúltimo párrafo, 5, y 6, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; Segundo transitorio del Acuerdo por el que se crea la Unidad de Transición de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y

CONSIDERANDO

Que el 26 de marzo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional".

Que el 27 de mayo de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional".

Que el artículo Sexto Transitorio del Decreto referido en el párrafo que antecede estableció que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana contaría con una Unidad de Transición dotada de recursos necesarios para cumplir las tareas de transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales de la Policía Federal a la Guardia Nacional, así como para la liquidación de pasivos y otras obligaciones relacionadas con la extinción de la Policía Federal.

Que el 5 de agosto de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se crea la Unidad de Transición de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana", para cumplir las tareas relativas a la transferencia de recursos humanos de la Policía Federal a la Guardia Nacional, así como para la liquidación de sus pasivos y otras obligaciones relacionadas con su extinción.

Que conforme a los artículos Sexto Transitorio del "Decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional" y los numerales 1 y 2 del Acuerdo señalado en el párrafo anterior, la Unidad de Transición pertenece a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y depende del Secretario.

Que el 30 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Transferencia de los recursos humanos, materiales y financieros que tiene asignados la Policía Federal".

Que el artículo Décimo Primero del Acuerdo señalado en el párrafo anterior, establece que corresponderá a la Unidad de Transición la defensa de los asuntos a cargo del Órgano Administrativo Desconcentrado Policía Federal, razón por la cual se delega en su Titular la representación, trámite y resolución de los asuntos que competen al citado Órgano.

Que el 4 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se transfieren a la Guardia Nacional los recursos humanos, materiales y financieros correspondientes a todas las Divisiones y Unidades Administrativas de la Policía Federal de conformidad con el artículo Sexto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional".

Que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, tiene la facultad originaria de representación, trámite y resolución de los asuntos que competen a ésta.

Que en virtud de las consideraciones antes mencionadas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA UNIDAD DE TRANSICIÓN DE LA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA

PRIMERO.- Se declara formalmente extinta la Unidad de Transición de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a partir del 01 de octubre de 2021, por lo que se deja sin efectos el Acuerdo de su creación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2019.

SEGUNDO.- Se instruye a la Unidad de Transición a realizar la entrega a la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de los recursos financieros y materiales con los que cuenta para su operación y para la liquidación de pasivos y otras obligaciones relacionadas con la extinción de la Policía Federal; así como de los archivos y documentos soporte correspondientes, entre otros el registro y control de la transferencia a que se refiere la fracción VII del artículo 3 del Acuerdo por el que se crea la Unidad de Transición de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Se instruye a la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que una vez que reciba el registro y control señalado en el párrafo anterior, continúe con los trámites que aún se encuentran pendientes.

Lo anterior, atendiendo a la facultad originaria que tiene el Titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, quien para el cumplimiento de sus asuntos cuenta entre otras, con la Unidad de Administración y Finanzas.

TERCERO.- Se instruye a la Unidad de Transición realizar la entrega a la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de los asuntos a cargo de la entonces Policía Federal, en los que lleva a cabo la representación, trámite y resolución conforme a la delegación que le fue conferida, así como aquellos que se encuentren concluidos.

Asimismo, se instruye a la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que una vez recibidos los asuntos, implemente las acciones necesarias para continuar con la representación, trámite y resolución de estos.

Lo anterior, atendiendo a la facultad originaria que tiene el Titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, quien para el cumplimiento de sus asuntos cuenta entre otras, con la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia.

CUARTO.- Se instruye a la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para que en coordinación con la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia, lleven a cabo las acciones necesarias a fin de realizar la liquidación de pasivos y otras obligaciones relacionadas con la extinción de la Policía Federal que aún se encuentren pendientes.

QUINTO.- La entrega a que se refieren los artículos Segundo y Tercero del presente Acuerdo, se formalizará mediante acta administrativa de entrega-recepción conforme a la normatividad aplicable.

SEXTO.- Los derechos y obligaciones que en su caso subsistan de Policía Federal y de la Unidad de Transición, se continuarán atendiendo por las Unidades respectivas que hayan recibido los asuntos conforme al presente Acuerdo.

SÉPTIMO.- Lo no previsto en el presente acuerdo, así como en su interpretación, resolverá el Titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

TRANSITORIOS

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

Dado en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de septiembre del 2021.- Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Lic. Rosa Icela Rodríguez Velázquez.- Rúbrica.

 

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