DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de cultura de la paz.

 SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

DOF: 11/12/2023

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de cultura de la paz.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO
 

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, EN MATERIA DE CULTURA DE LA PAZ

Artículo Único.- Se reforman los artículos 58, fracciones I y IX; 103, fracción VI; 116, fracción II; y se adicionan una fracción VIII, recorriéndose en su orden las siguientes, al artículo 4; y una fracción XX, recorriéndose en su orden las siguientes, al artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. a VII. ...

VIII.         Cultura de la Paz: Conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida que rechazan la violencia y previenen los conflictos a través del diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las naciones;

IX. a XXXI. ...

Artículo 57. ...

...

...

I. a XIX. ...

XX.         Inculcar en niñas, niños y adolescentes la cultura de la paz y la educación cívica;

XXI. a XXIII. ...

...

Artículo 58. ...

I.            Fomentar en niñas, niños y adolescentes los valores fundamentales, la cultura de la paz, la educación cívica y el respeto de la identidad propia, así como a las diferencias culturales y opiniones diversas;

II. a VIII. ...

IX.          Promover el valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad de las personas ante ésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la paz, la educación cívica y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como el conocimiento de los derechos humanos y el respeto a los mismos, y

X.           ...

Artículo 103. ...

I. a V. ...

VI.          Fomentar en niñas, niños y adolescentes la cultura de la paz, la educación cívica, el respeto a todas las personas, así como el cuidado de los bienes propios, de la familia y de la comunidad, y el aprovechamiento de los recursos que se dispongan para su desarrollo integral;

VII. a XI. ...

...

...

Artículo 116. ...

I.            ...

II.            Impulsar el conocimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como la cultura de respeto, de la paz y la educación cívica, promoción y protección de los mismos, de conformidad con los principios rectores de esta Ley;

III. a XXV. ...

Transitorio
 

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 30 de octubre de 2023.- Sen. Ana Lilia Rivera Rivera, Presidenta.- Dip. Marcela Guerra Castillo, Presidenta.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Dip. Pedro Vázquez González, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 5 de diciembre de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján.- Rúbrica.


 

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