ACUERDO General número 006/2023 que modifica el diverso 001/2023 mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2023.

PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE

DOF: 29/09/2023

ACUERDO General número 006/2023 que modifica el diverso 001/2023 mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

MTRO. ARMANDO OCAMPO ZAMBRANO, Procurador de la Defensa del Contribuyente, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2, primer párrafo, 6, fracción I, 8, fracciones I, VII, XI y XII de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; con relación en lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional; 70, fracción XLVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículos 4, 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 5, Apartado A, fracción I, 7, 15, fracciones XVIII y XXXI del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; artículo Tercero, numeral 76, fracciones II y IV del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización, expido el siguiente:

ACUERDO GENERAL NÚMERO 006/2023 QUE MODIFICA EL DIVERSO 001/2023 MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LOS PERIODOS GENERALES DE VACACIONES DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE PARA EL AÑO 2023 CONSIDERANDO
 

PRIMERO. Que mediante Acuerdo General 001/2023, de fecha 2 de enero de 2023, y publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 13 de enero de 2023, se dieron a conocer los días inhábiles y periodos vacacionales de la Procuraduría para el año 2023.

SEGUNDO. Que dada la naturaleza que tiene la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en materia tributaria, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho de los contribuyentes, proporcionándoles de forma gratuita, ágil y sencilla, servicios de asesoría y consulta, defensoría y representación así como dar seguimiento tanto a los procedimientos de queja o reclamación contra actos de autoridades fiscales federales que vulneren los derechos de los contribuyentes, como a las solicitudes de Acuerdos Conclusivos que presenten los pagadores de impuestos respecto de calificaciones de hechos asentadas por las autoridades fiscales dentro del ejercicio de las facultades de comprobación; se hace necesario brindar seguridad jurídica y certeza respecto de los días que se considerarán inhábiles.

TERCERO. Que en materia de transparencia y acceso a la información, es una exigencia que todo organismo público descentralizado no sectorizado, como lo es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, tenga publicados los días inhábiles y periodos vacacionales.

CUARTO. Que el 30 de agosto de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 005/2023, mediante el cual se instituye el 01 de septiembre de cada año, como el "Día conmemorativo de la persona trabajadora de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente" y se declara inhábil ese día, por lo que se suspenden las labores y no correrán términos y plazos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse ante las unidades administrativas de esta Procuraduría.

QUINTO. Que de conformidad con lo señalado en el numeral TERCERO del apartado TRANSITORIOS del Acuerdo General 005/2023 referido, se requiere modificar el "Acuerdo General número 001/2023 mediante el cual se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2023" para que se considere en el año 2023, el 01 de septiembre como día inhábil.

Con base en lo anterior, se emite el siguiente:

ACUERDO GENERAL NÚMERO 006/2023 QUE MODIFICA EL DIVERSO 001/2023 MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES Y LOS PERIODOS GENERALES DE VACACIONES DE LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE PARA EL AÑO 2023.
 

ÚNICO. Se MODIFICA el numeral PRIMERO del "Acuerdo General número 001/2023, por el que se dan a conocer los días inhábiles y los periodos generales de vacaciones de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente para el año 2023", a efecto de adicionar el día 01 de septiembre en conmemoración del día de la persona trabajadora de este organismo público descentralizado, en los siguientes términos:

"PRIMERO...

-     Los sábados y domingos.

-     Lunes 6 de febrero (en conmemoración del 5 de febrero).

-     Lunes 20 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo).

-     Miércoles 5, jueves 6 y viernes 7 de abril.

-     Lunes 1 de mayo y viernes 5 de mayo.

-     Viernes 1 de septiembre.

-     Jueves 2 y lunes 20 noviembre.

-     Lunes 25 de diciembre.

..."

TRANSITORIOS
 

PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor a la fecha de su emisión.

SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y en la página electrónica oficial de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, para su difusión y cumplimiento.

Ciudad de México, a 30 de agosto de 2023.- Mtro. Armando Ocampo Zambrano, en mi carácter de Procurador de la Defensa del Contribuyente, en términos del artículo 5, Apartado A, fracción I, en relación con el artículo 15, fracciones XVIII y XXXI, del Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.- Rúbrica.

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