ACUERDO G/JGA/32/2023 por el que se da a conocer el medio electrónico oficial de difusión normativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
DOF: 01/09/2023
ACUERDO G/JGA/32/2023 por el que se da a conocer el medio electrónico oficial de difusión normativa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.
ACUERDO G/JGA/32/2023
MEDIO ELECTRÓNICO OFICIAL DE DIFUSIÓN NORMATIVA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con los artículos 73, fracción XXIX-H, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, párrafos segundo y quinto de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; cuyo presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados se ejercerá directamente sin sujetarse a las disposiciones emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad y transparencia y su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas.
2. Que el artículo 23, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa establece que la Junta de Gobierno y Administración podrá expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal.
3. Que el artículo 2, fracción XVII, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa precisa que los manuales y otras normativas emitidas por el Pleno General o la Junta: Son las disposiciones, lineamientos, instructivos o circulares que obliguen a los servidores públicos del mismo a partir de su publicación en los medios electrónicos de la institución y/o en el Diario Oficial de la Federación.
4. Que el artículo 29 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa prevé que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración, son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.
5. Que de conformidad con los artículos 75, fracción I, 76, fracción I, y 99, fracción X, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa corresponde a la Secretaría General de Acuerdos, las Secretarías Adjuntas de Acuerdos de las Secciones y la Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración tramitar la publicación en los medios electrónicos con que cuenta el Tribunal y en el Diario Oficial de la Federación, cuando así se requiera, de los acuerdos, resoluciones, tesis, jurisprudencias, precedentes o tesis aisladas emitidas por el Pleno General de la Sala Superior, el Pleno Jurisdiccional, sus Secciones, y de la Junta de Gobierno y Administración, respectivamente.
6. Con la finalidad de dar certeza jurídica sobre la publicación y vigencia de la normatividad interna de manera permanente, se determina la necesidad de crear un medio electrónico oficial de difusión y regular su funcionamiento.
Con fundamento en los artículos 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, párrafos segundo y quinto, y 23, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, 2, fracción XVII, 29, 75, fracción I, 76, fracción I y 99, fracción X, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL MEDIO ELECTRÓNICO OFICIAL DE DIFUSIÓN NORMATIVA
DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERO. El presente acuerdo tiene por objeto crear un medio electrónico oficial de difusión normativa, regular su funcionamiento y reglamentar la publicación de los reglamentos, lineamientos y demás acuerdos generales que expidan el Pleno General, el Pleno Jurisdiccional, sus Secciones y la Junta.
SEGUNDO. El medio electrónico oficial de difusión normativa del Tribunal tendrá la función de publicar los reglamentos, lineamientos y demás acuerdos generales que expidan el Pleno General, el Pleno Jurisdiccional, sus Secciones y la Junta, en sus respectivos ámbitos de competencia, a fin de que éstos sean aplicados y observados debidamente.
TERCERO. Para los efectos del presente acuerdo se entenderá por:
I. DGCS: A la Dirección General de Comunicación Social;
II. Junta: A la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
III. Medio de difusión normativa: Al medio electrónico oficial de difusión normativa interna del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
IV. Normatividad interna: A los reglamentos, lineamientos y demás acuerdos generales que expidan el Pleno General de la Sala Superior, sus Secciones y la Junta de Gobierno y Administración;
V. Pleno General: Al Pleno General de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
VI. Reglamento Interior: Al Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
VII. Secciones: A las tres Secciones de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;
VIII. SOTIC: A la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; y,
IX. Tribunal: Al Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
CUARTO. El medio de difusión normativa se encontrará disponible en forma electrónica en la página web institucional y tendrá carácter de oficial.
QUINTO. El presente acuerdo es de observancia obligatoria para todas las personas servidoras públicas del Tribunal.
CAPÍTULO SEGUNDO
PUBLICACIONES
SEXTO. Todo proyecto de normatividad deberá presentarse ante la Secretaría General de Acuerdos, las Secretarías Adjuntas de Acuerdos de las Secciones y la Secretaría Auxiliar de la Junta, con una versión para consulta que no contenga la parte considerativa; en el caso de reformas, adiciones o derogaciones, deberá incluir la actualización del texto vigente.
SÉPTIMO. Se publicarán en el medio de difusión normativa toda la normatividad interna, mientras que en el Diario Oficial de la Federación sólo aquella que se establezca como obligatoria en la legislación aplicable.
La normatividad interna será publicada en la fecha que determinen el Pleno General, las Secciones y la Junta, a través de la Secretaría General de Acuerdos, las Secretarías Adjuntas de Acuerdos de las Secciones y la Secretaría Auxiliar de la Junta.
OCTAVO. La normatividad interna tendrá efectos jurídicos a partir de su publicación en el medio de difusión normativa y/o en el Diario Oficial de la Federación, en los plazos y términos que se establezcan en los transitorios respectivos.
NOVENO.- Las publicaciones que se realicen en el medio de difusión normativa deberán contener por lo menos los siguientes elementos:
I. El nombre del Tribunal, los elementos de identidad gráfica y la denominación de la autoridad que emitió la norma;
II. El número de acuerdo;
III. La denominación de la norma;
IV. La fecha de aprobación de la norma;
V. La fecha de publicación de la norma; y,
VI. Hipervínculo al documento de la norma.
CAPÍTULO TERCERO
ADMINISTRACIÓN
DÉCIMO. La SOTIC será responsable de diseñar, desarrollar y supervisar el funcionamiento del medio de difusión normativa, así como colaborar con la DGCS, como área responsable de la administración de la información, para lograr la publicación oportuna de los Acuerdos que se mandate.
DÉCIMO PRIMERO. Las personas titulares de la Secretaría General de Acuerdos, las Secretarías Adjuntas de Acuerdos de las Secciones y la Secretaría Auxiliar serán responsables de proporcionar a la DGCS los reglamentos, lineamientos y demás acuerdos generales aprobados por el Pleno General, las Secciones y la Junta, respectivamente, junto con la información necesaria para su publicación.
El contenido de los documentos publicados en el medio de difusión es estricta responsabilidad de las áreas solicitantes.
DÉCIMO SEGUNDO. Para la publicación deberá presentarse la versión de la normatividad aprobada por el Pleno General, las Secciones y la Junta, así como una versión para consulta que deberá tener las siguientes características:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 2.5, inferior 2.5, izquierdo 3 y derecho 2.5;
III. Tipo de letra encabezado Tahoma, tamaño 8;
IV. Tipo de letra texto Arial, tamaño 12;
V. Tipo de letra referencias Arial, tamaño 10;
VI. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo, y espaciado a cero; y,
VII. En su caso, incorporar las reformas, adiciones o derogaciones correspondientes, para lo cual se hará referencia al tipo de modificación que se realiza, el acuerdo correspondiente y la fecha de su aprobación.
DÉCIMO TERCERO. La DGCS será responsable de:
I. Publicar oportunamente la normatividad interna;
II. Requerir a la Secretaría General de Acuerdos, las Secretarías Adjuntas de Acuerdos de las Secciones y a la Secretaría Auxiliar de la Junta, se proporcione la información necesaria y suficiente para la procedencia de una publicación;
III. Reportar a la SOTIC de cualquier mal funcionamiento para su atención; y,
IV. Mantener actualizada la información, para lo cual podrá realizar las gestiones administrativas y los trámites necesarios para que se publique, sustituya, actualice o retire la información.
DÉCIMO CUARTO. La Coordinación de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en el ámbito de su competencia, podrá supervisar las publicaciones que se realicen en el medio de difusión normativa.
CAPÍTULO CUARTO
DISPOSICIONES FINALES
DÉCIMO QUINTO. Para facilitar la ubicación de normatividad interna, el medio de difusión normativa tendrá habilitado un buscador que incluya opciones avanzadas de localización.
DÉCIMO SEXTO. Estará disponible para consulta la normatividad interna que se encuentre derogada, en los casos que así corresponda, vinculada al texto que se encuentre vigente.
DÉCIMO SÉPTIMO. Para lo no previsto en el presente acuerdo se estará a lo que resuelva el Pleno General, la Junta y/o la SOTIC, en el ámbito de sus atribuciones.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
Segundo. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página web institucional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Tercero. La función de publicación del medio que se refiere en el presente Acuerdo comenzará a partir del 4 de septiembre de 2023.
Dictado en sesión ordinaria presencial el 29 de agosto de 2023, por unanimidad de cuatro votos a favor.- Firman el Magistrado Guillermo Valls Esponda, Presidente de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y la Licenciada Fátima González Tello, Secretaria Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración, con fundamento en los artículos 54, fracción XVI y 61, fracciones II, III y IV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; así como los artículos 11, fracción I, 26, fracción IX, 99, fracciones VIII y XI, y 139 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa vigente.- Rúbricas.