ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica emite las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales por correo electrónico

ACUERDO mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica emite las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales por correo electrónico. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.- DRLFCE-002-2020. ACUERDO NO. CFCE-104-2020 DISPOSICIONES REGULATORIAS DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA DE EMERGENCIA PARA REALIZAR NOTIFICACIONES PERSONALES POR CORREO ELECTRÓNICO Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo cuarto, vigésimo, fracción IV y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 12, fracción XXII, segundo párrafo, 20, fracciones XI y XII, 117, último párrafo, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), así como 1, 3, 4, fracciones I y II, 5, fracción XIII, 6, 7, 8, párrafo tercero y 12, fracción XXXV, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica vigente (Estatuto), así como el “Acuerdo mediante el cual el Pleno autoriza la celebración de sesiones de forma remota en virtud de la contingencia existente en materia de salud y se derogan ciertos artículos de los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno”; 1 el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión), en sesión excepcional celebrada el veinte de abril de dos mil veinte, manifiesta su conformidad para la emisión del presente acuerdo. CONSIDERANDO QUE 1. En términos del artículo 12, fracción XXII de la LFCE, es atribución de la Comisión publicar las Disposiciones Regulatorias que sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones, para lo cual debe realizarse consulta pública, salvo que a juicio de la Comisión se puedan comprometer los efectos que se pretendan lograr con dichas disposiciones o se trate de situaciones de emergencia. 2. El artículo 163, fracción VI, de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE establece que las notificaciones se pueden realizar vía electrónica en los términos que se señalen en las disposiciones que emita la Comisión. 3. El treinta y uno de marzo de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”, emitido por la Secretaría de Salud para atender la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, a efecto de que los sectores público, social y privado implementen la suspensión inmediata del treinta de marzo al treinta de abril de dos mil veinte, de las actividades no esenciales, “con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARSCoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional”, por lo cual solamente podrán continuar funcionando, entre otras, las actividades de procuración e impartición de justicia y las actividades de los sectores fundamentales de la economía. 4. Por ello, y ante la emergencia sanitaria, el diecinueve de marzo de dos mil veinte, este órgano colegiado emitió el “Acuerdo mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica”, publicado en el DOF el veinticuatro de marzo de dos mil veinte y, el catorce de abril de este mismo año, emitió el “Acuerdo mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica”, publicado en el DOF el diecisiete de abril de dos mil veinte. 5. Dada la situación de emergencia descrita, y con el fin de cumplir eficazmente con su objeto, esta Comisión considera necesario emitir las presentes Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales.

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