DECRETO por el que se adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
SECRETARIA DE GOBERNACION
DOF: 19/01/2023
DECRETO por el que se adiciona el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE ADICIONA EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY SOBRE EL ESCUDO, LA BANDERA Y EL HIMNO NACIONALES.
Artículo Único.- Se adiciona un numeral 29, recorriéndose en su orden los subsecuentes de la fracción I al artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 18.- En los edificios y lugares a que se refiere el primer párrafo del artículo 15 de esta Ley, la Bandera Nacional deberá izarse:
I. A toda asta en las fechas y conmemoraciones siguientes:
1. a 28. ...
29. 18 de octubre:
Aniversario del Natalicio de Servando Teresa de Mier, en 1765;
30. a 38. ...
II. ...
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 6 de diciembre de 2022.- Dip. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Sen. Alejandro Armenta Mier, Presidente.- Dip. Jessica María Guadalupe Ortega De la Cruz, Secretaria.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 12 de enero de 2023.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Lic. Adán Augusto López Hernández.- Rúbrica.