ACUERDO No. CFCE-219-2022 por el que se declara como día inhábil el 19 de septiembre de 2022.

COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

DOF: 23/09/2022

ACUERDO No. CFCE-219-2022 por el que se declara como día inhábil el diecinueve de septiembre de dos mil veintidós.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Pleno.

Acuerdo CFCE-219-2022

Al día que aparece en la firma electrónica del presente. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo cuarto, vigésimo y vigésimo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 12, fracción XXX, 20, fracciones XI y XII, 115, segundo párrafo y 121, de la Ley Federal de Competencia Económica, así como 1, 3, 4, fracciones I y II, 5 fracción XXXIX, 6, 8, párrafo tercero, y 12, fracción XXXV, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Competencia Económica vigente (Estatuto), el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, en sesión excepcional:

ACUERDA:

PRIMERO. Con motivo del sismo suscitado el diecinueve de septiembre de dos mil veintidós, lo cual es un hecho notorio, y dado que como medida de prevención y seguridad de las personas y del personal que labora en la Comisión Federal de Competencia Económica ("Comisión"), se suspendieron las labores de esta última en las instalaciones de la Comisión desde el momento del sismo, dicho día se declara inhábil y, por lo tanto, no correrán los términos procesales el día diecinueve de septiembre de dos mil veintidós.

SEGUNDO. No obstante, las actuaciones que se hubieren realizado en tal día se considerarán practicadas en día hábil para todos los efectos a que haya lugar.

TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Así lo acordó el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, por unanimidad de votos en sesión excepcional de veinte de septiembre de dos mil veintidós, de conformidad con los artículos antes referidos; así como, el artículo 31 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica. Lo anterior, ante la fe del Secretario Técnico de la Comisión Federal de Competencia Económica, en términos de lo dispuesto en los artículos 1, 2, fracción VIII, 4, fracción IV, 18, 19 y 20, fracciones XXVI, XXVII y LVI del Estatuto.

Comisionada Presidenta en suplencia por vacancia*, Brenda Gisela Hernández Ramírez.- Firmado electrónicamente.- Comisionados: Alejandro Faya Rodríguez, José Eduardo Mendoza Contreras, Ana María Reséndiz Mora.- Firmado electrónicamente.- Secretario Técnico, Fidel Gerardo Sierra Aranda.- Firmado electrónicamente.

* En términos del artículo 19 de la Ley Federal de Competencia Económica.

 

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