INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.- ACUERDO por el que se declara como inhábil el día 27 de mayo de 2022 por causa de fuerza mayor.
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
DOF: 10/06/2022
ACUERDO por el que se declara como inhábil el día 27 de mayo de 2022 por causa de fuerza mayor.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
ALFREDO CARLOS RENDÓN ALGARA, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial;
Que los trámites y servicios a su cargo están sujetos al cumplimiento de diversos plazos fijados por dicha Ley y el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial;
Que, conforme al artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los términos podrán suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada por la autoridad competente, y
Que el día 27 de mayo del año en curso, los sistemas electrónicos del Instituto presentaron fallas que impidieron su funcionamiento e interrumpieron la prestación de los servicios, por lo que, a fin de garantizar la seguridad jurídica de los usuarios, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA COMO INHÁBIL EL DÍA 27 DE MAYO DE 2022 POR CAUSA DE
FUERZA MAYOR
ARTICULO 1o.- Se declara como día inhábil el 27 de mayo de 2022, por causa de fuerza mayor, ocasionada por fallas en los sistemas electrónicos del Instituto.
Para el cómputo de los plazos deberá estarse a lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y 4o del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial.
La presente declaración no suspende las labores del personal del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
ARTÍCULO 2o.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta de la Propiedad Industrial y la página web de este Organismo, así como en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 27 de mayo de 2022.- El Director General, Alfredo Carlos Rendón Algara.- Rúbrica.